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¿Qué pasa si rechazo una oferta?

Te llaman de la bolsa y no te viene bien. Antes de decir que no, mira cuánto tiempo te quedas sin recibir ofertas y qué día vuelves. De momento, la Bolsa Única del SAS (Andalucía), la bolsa del Servicio Aragonés de Salud, las bolsas únicas del IB-Salut (Illes Balears), las listas de empleo de la Comunitat Valenciana, las del Servicio Canario de la Salud, las del Servicio Cántabro de Salud, la bolsa del SESCAM (Castilla-La Mancha), la del Sacyl (Castilla y León), las listas del Sergas (Galicia), las del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y las de Osakidetza (País Vasco).

Lo que dice la norma del SESCAM

Quince meses como no disponible, en esa gerencia, ámbito (primaria o especializada), categoría y tipo de lista. Fuente: apartado 17.7.A.

Al cambiar de bolsa, pulsa «Ver qué pasa» para ver sus situaciones.

El día en que rechazas o renuncias (o en que te notifican, si es el periodo de prueba). Si lo dejas vacío, contamos desde hoy.

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Otra bolsa: Bolsa Única del SAS (Andalucía) · Bolsa de trabajo del Servicio Aragonés de Salud · Bolsas únicas del IB-Salut (Illes Balears) · Listas de empleo de la Comunitat Valenciana · Listas de selección del Servicio Cántabro de Salud · Listas de empleo del Servicio Canario de la Salud · Listas de contratación del Sergas (Galicia) · Bolsa de empleo del Sacyl (Castilla y León) · Listas de contratación temporal del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea · Listas de contratación de Osakidetza (País Vasco)

Todas las situaciones: Bolsa de trabajo del SESCAM (Castilla-La Mancha)

Causas justificadas para rechazar una oferta sin penalización (apartado 17.7): enfermedad acreditada y comunicada antes de la oferta; maternidad, paternidad, adopción, cuidado de hijos menores de 12 años o familiares dependientes, o violencia de género (comunicado en 48 horas); tener concedida la suspensión o exclusión temporal; cargo público o deber inexcusable; o haber aceptado el mismo día una oferta de otra Administración Pública. Si quieres parar, pide la exclusión temporal (apartado 17.6): sin penalización, por un mes como mínimo, con 3 días de antelación y nunca después de recibir una oferta.

Citamos el texto consolidado que publica el SESCAM, con las modificaciones hasta el 21/11/2025; la redacción del apartado 17.7 es de 16/12/2016. Las ofertas de gerencias limítrofes en casos de urgencia se pueden rechazar sin sanción (apartado 19).

Esta web no es oficial y el cálculo es orientativo: cuenta días o meses naturales seguidos desde la fecha que pongas. Lo que vale es lo que resuelva el SESCAM en tu caso. ¿Quieres esto para la bolsa de tu comunidad? Pídelo.

Fuente oficial