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¿Qué pasa si rechazo una oferta?

Te llaman de la bolsa y no te viene bien. Antes de decir que no, mira cuánto tiempo te quedas sin recibir ofertas y qué día vuelves. De momento, la Bolsa Única del SAS (Andalucía), la bolsa del Servicio Aragonés de Salud, las bolsas únicas del IB-Salut (Illes Balears), las listas de empleo de la Comunitat Valenciana, las del Servicio Canario de la Salud, las del Servicio Cántabro de Salud, la bolsa del SESCAM (Castilla-La Mancha), la del Sacyl (Castilla y León), las listas del Sergas (Galicia), las del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y las de Osakidetza (País Vasco).

Lo que dice la norma del SCS

Renunciar voluntariamente se castiga con expediente de exclusión, salvo que renuncies para aceptar una interinidad en vacante o una sustitución larga que te ofrecen desde la lista (art. 7.4), o para trabajar en otra Administración o en una empresa privada; en ese caso, al acabar ese trabajo tienes 15 días naturales para pedir volver (art. 9.7). Fuente: art. 12.1.f.

Al cambiar de bolsa, pulsa «Ver qué pasa» para ver sus situaciones.

El día en que rechazas o renuncias (o en que te notifican, si es el periodo de prueba). Si lo dejas vacío, contamos desde hoy.

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Otra bolsa: Bolsa Única del SAS (Andalucía) · Bolsa de trabajo del Servicio Aragonés de Salud · Bolsas únicas del IB-Salut (Illes Balears) · Listas de empleo de la Comunitat Valenciana · Listas de selección del Servicio Cántabro de Salud · Bolsa de trabajo del SESCAM (Castilla-La Mancha) · Listas de contratación del Sergas (Galicia) · Bolsa de empleo del Sacyl (Castilla y León) · Listas de contratación temporal del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea · Listas de contratación de Osakidetza (País Vasco)

Todas las situaciones: Listas de empleo del Servicio Canario de la Salud

Causas justificadas para no aceptar, si las acreditas con documentos en 15 días naturales (art. 9.6): incapacidad temporal iniciada antes de la llamada o incapacidad permanente revisable; matrimonio o pareja de hecho (14 días antes y después); nacimiento, adopción o acogimiento (16 semanas, con ampliaciones); fallecimiento u operación de un familiar hasta segundo grado (5 días); cuidado de un hijo hasta los 3 años, de un menor de 12, de una persona mayor o con discapacidad a tu cargo, o de un familiar que no puede valerse por sí mismo; supuestos de servicios especiales; trabajar en una Administración, en una empresa privada o como autónomo; voluntariado en una ONG que ya hacías y coincide en horario; violencia de género; privación de libertad sin condena firme; deber público inexcusable; u otras que acuerde la Mesa Sectorial de Sanidad.

El «no disponible» vale para todas las ofertas de la lista mientras dure. Las exclusiones las propone tu gerencia y las resuelve la Dirección General de Recursos Humanos en un máximo de tres meses (art. 12.2).

Citamos la orden publicada en 2011, que sigue citándose como la norma vigente; no hemos encontrado modificaciones, pero no lo hemos podido verificar en el boletín. Regula las listas que salen de las oposiciones: las supletorias, que se abren cuando estas se agotan, pueden seguir otras reglas. En junio de 2026 el Parlamento de Canarias debatió pedir que se derogue y se suspendan las penalizaciones, pero eso no cambia la norma mientras no se apruebe otra.

Esta web no es oficial y el cálculo es orientativo: cuenta días o meses naturales seguidos desde la fecha que pongas. Lo que vale es lo que resuelva el SCS en tu caso. ¿Quieres esto para la bolsa de tu comunidad? Pídelo.

Fuente oficial